RELACIÓN DE FUNCIONES
Cuando lo que se contrata es el servicio integral de gestión de una Comunidad las funciones del Administrador son las siguientes:
• Velar por el buen régimen de la comunidad, sus instalaciones y servicios. Atender a la conservación y mantenimiento del bloque, disponiendo las reparaciones y medidas que resulten urgentes, dando inmediata cuenta de ellas al Presidente, o en su caso, a los propietarios.
• Proceder a la ejecución de los acuerdos adoptados en materia de obras.
• Efectuar los pagos y realizar los cobros que sean procedentes.
• Llevar una contabilidad de la comunidad transparente y comprensible. Custodiar la documentación de la comunidad y tenerla a disposición de los propietarios.
• Contacto continuo con el Presidente a fin de que esté siempre informado de las gestiones que se realicen.
• Asesorar jurídicamente a la comunidad. Dar solución a los problemas que se susciten en las relaciones entre propietarios o en las relaciones de la comunidad con terceros.
• Seguimiento continuado del cobro de cuotas comunitarias y llamadas continuas a los que se demoren en el pago.
• Preparar las convocatorias y actas y demás documentación necesaria de la forma correcta para que prosperen las reclamaciones judiciales de cuotas comunitarias.
• Celebrar cuantas Juntas Extraordinarias se consideren necesarias.
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